ACTIVA INDUSTRIA 4.0 es un programa de asesoramiento especializado y personalizado para empresas industriales españolas, realizado por entidades acreditadas con experiencia en implantación de proyectos de Industria 4.0. Proporciona a las industrias un diagnóstico de su situación actual y un plan de transformación que identifica las actuaciones prioritarias en ese proceso de transformación, para definir la hoja de ruta de su implantación.

Este programa se enmarca en la Estrategia Nacional Industria Conectada 4.0 impulsada por la Secretaría General de Industria y de la PYME (SGIPYME) del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en colaboración con EOI Escuela de Organización Industrial y las Comunidades Autónomas. Su objetivo es apoyar a la industria española, incrementar el valor añadido industrial y el empleo cualificado en el sector. La metodología ha sido desarrollada por la SGIPYME y está gestionado por EOI Escuela de Organización Industrial.

Con el objetivo de favorecer la ejecución del programa en sus respectivos territorios, las comunidades autónomas también se adhieren al programa aportando cofinanciación y colaborando en su desarrollo.

¿Quién financia el Programa?

El precio del servicio objeto de ayuda es de 10.400€ por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.

En general dispone de las siguientes fuentes de financiación:

  • – Un tercio lo financia EOI con cargo a la SGIPYME.
  • – Un tercio lo financia la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • – Un tercio máximo lo financia la propia empresa industrial beneficiaria (en algunos casos esta partida puede ser menor, incluso no existir, asumiendo ese importe la Comunidad Autónoma).

 

En cada convocatoria se indica expresamente la cofinanciación y las condiciones requeridas para la misma.
La aportación de la empresa en ningún caso superará los 3.465 euros por el servicio.

¿Cómo puede participar una empresa?

EOI publicará las correspondientes convocatorias de subvenciones para que las empresas puedan beneficiarse de la ayuda.

Se publicarán tantas convocatorias como Comunidades Autónomas se adhieran al programa. Las empresas industriales interesadas deben solicitar la ayuda a través de la página web www.eoi.es/industria40, en la convocatoria correspondiente a su Comunidad Autónoma.

¿Qué requisitos debe cumplir?

Pueden solicitar las ayudas aquellas empresas industriales que cumplan los siguientes requisitos, además de lo que se disponga en cada convocatoria:

  • – Dedicarse al desarrollo de actividades industriales.
  • – Tener dentro de su objeto social el desarrollo de actividades de las indicadas en las divisiones 10 a 32 inclusive del CNAE-2009.
  • – Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • – Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • – Haber realizado el autodiagnóstico de madurez digital obtenido a través de la Herramienta de la Autoevaluación Digital Avanzada (HADA), ubicada en www.industriaconectada40.gob.es, y obtenido el correspondiente informe.

 

Cada solicitud será evaluada de acuerdo con los criterios establecidos en cada convocatoria. Su concesión está sujeta a la documentación aportada y al número máximo de plazas ofertadas.

¿Qué servicios recibe?

El programa, que se desarrollará en el último trimestre del año, consiste en un asesoramiento especializado e individualizado, con un mínimo de 50 horas de dedicación, en las que la empresa beneficiaria recibe los siguientes servicios:

  • – Diagnóstico previo de la situación digital de partida de la empresa y un análisis interno de la organización y del negocio.
  • – Visitas presenciales a las instalaciones de la industria beneficiaria y trabajo remoto de consultoría.
  • – Plan de Transformación, que incluye la definición de las actuaciones, la cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización y la identificación de las potenciales soluciones digitales más adecuadas para cada empresa.
  • – Talleres demostrativos de contenido práctico sobre soluciones digitales.

 

¿Cuándo debe abonar el servicio?

Una vez efectuada la visita preliminar a empresa beneficiaria, se le requerirá que realice a EOI un pago a cuenta del 20% del total de la cuantía que le corresponda aportar para recibir el asesoramiento. El 80% restante deberá ser abonado por la empresa beneficiaria a la finalización del asesoramiento.

En el siguiente enlace se pueden consultar las convocatorias y realizar las inscripciones, las cuales permanecerán abiertas hasta el 16 de septiembre.