El pasado mes de mayo la Oficina Española de Patentes y Marcas O.A. (OEPM) puso en marcha el servicio PCT Directo en el marco de los procedimientos internacionales de la OEPM tramitados al amparo del Capítulo 21 de las Directrices de Búsqueda Internacional y de Examen Preliminar Internacional del PCT.
Este servicio permite a los solicitantes aportar observaciones informales a las objeciones formuladas en la opinión escrita de la solicitud anterior cuya prioridad se reivindica.
Aunque es de utilización totalmente voluntaria por parte de los solicitantes, para poder acceder al mismo, se deben cumplir dos requisitos:
– por un lado, la solicitud internacional PCT debe designar a la OEPM como Administración Internacional de Búsqueda del PCT;
– y, por otro, la solicitud internacional PCT debe reivindicar la prioridad de una solicitud nacional o internacional anterior cuya búsqueda haya sido realizada por la OEPM.
Más información:
– En el siguiente archivo: AQUÍ
– En el siguiente enlace: http://www.oepm.es/es/sobre_oepm/noticias/2020/2020_05_25_ResolucionDirectorOEPM_PCT_Directo.html